Patrimonio Público Forestal Inalienable

Generalidades

La Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre fue aprobada mediante Decreto n.º 98-2007, con el objetivo de contribuir a mejorar la gobernanza del sector forestal hondureño; incorporando como elemento novedoso la promoción de la participación de las comunidades locales en el manejo sostenible de los bosques y las áreas protegidas para reducir la pobreza rural. A la vez se le otorga al Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) la potestad de impulsar y ejecutar procesos de catastro, regularización y titulación de tierras forestales nacionales.

Para ello se toma en cuenta las políticas establecidas en la Ley Forestal, en temáticas como la regularización, gestión del territorio, el desarrollo económico, la conservación de la naturaleza, protección de los grupos vulnerables, reducción de la pobreza y desarrollo de procesos de catastro, regularización y titulación de tierras forestales públicas y de áreas protegidas.

El propósito de ejecutar procesos de regularización de tierras es delimitar en el campo los linderos de las áreas forestales protegidas, demarcándolas mediante hitos, mojones u otras señales técnicamente adecuadas y declarar la titularidad del Estado sobre las mismas, procediendo a su titulación e inscripción en el Registro de la Propiedad, Inmueble y Mercantil y en el Catálogo del Patrimonio Público Forestal Inalienable. A través del proceso de regularización se identifica y censa a las comunidades rurales y a sus integrantes que estuvieren asentados en estas áreas forestales protegidas, a fin de regularizar su ocupación incorporándolas a las actividades de manejo, incluyendo la conservación, protección, forestación, reforestación y aprovechamiento; y asignándoles derechos de uso y goce de productos forestales, mediante la suscripción de contratos de manejo o de usufructo familiar.

 

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