DESARROLLO FORESTAL COMUNITARIO

Generalidades

La LFAPVS, en los artículos 126 al 132 establece que el ICF debe promover, organizar y fortalecer la creación del Sistema Social Forestal (SSF), como medio para incorporar a las comunidades que habitan en o alrededores de áreas nacionales de vocación forestal en las actividades de protección, manejo, forestación y aprovechamiento integral del bosque; incluyendo la transformación, industrialización y comercialización de sus productos.

Con base a ello, se establece el mecanismo de la implementación de la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria (ENFC), la cual se vincula con la Estrategia de la Reducción de la Pobreza orientado a elevar el nivel de vida de la población.

Se establece la figura del Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC).

A la fecha el ICF, ha suscrito 142 Contratos de Manejo Forestal Comunitarios (CMFC) y Convenios de Usufructo, los cuales tienen vigencia por 5, 10, 30 hasta 40 años, siendo sus beneficiarios las comunidades y sus organizaciones agroforestales.

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